lunes, 2 de noviembre de 2015

Ley de Bosques Nativos Argentina - MAPA de ubicación, montos y titulares de proyectos

Hola a todos nuevamente,

Para los que no están en el tema forestal voy a hacer una breve introducción. El que quiera ir directamente a la parte del mapa hacer click acá.

Introducción

ARGENTINA. En el año 2009 se reglamenta la ley de presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos (Ley N° 26.331) mediante el Decreto N° 91/2009.

En el marco de la ley, las provincias deben clasificar a sus bosques nativos en 3 categorías de conservación diferentes, y “pintar” en el mapa a los bosques según la categoría que le corresponde a cada uno. Esto se denominó Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos (OTBN). La clasificación es la siguiente:
  1. Conservación: es la categoría I y está pintada de rojo. Dentro de esta categoría están los bosques que la Provincia determinó que, en ellos, no se pueden realizar actividades productivas de alto impacto, en especial las de extracción de madera. Sí están permitidas actividades como la explotación turística, obtención de productos no madereros, restauración.
  2. Manejo Sostenible: es la categoría II y está pintada de amarillo. Son los bosques sobre los cuales la Provincia determinó que se pueden hacer actividades productivas de mediano impacto, incluidas las de extracción de madera, pero deben ser sostenibles, es decir, asegurar la persistencia del bosque y asegurar que sigan brindando los servicios ambientales, sin disminuir el valor ecológico que este tiene.
  3. Cambio de uso: es la categoría III y está pintada de verde. Son los bosques que la Provincia determinó que puede hacerse un cambio de uso, enmarcado siempre en un Plan que lo justifique.


Durante el transcurso de los primeros años la mayoría de las Provincias presentaron sus Ordenamientos, excepto algunas….

A partir de que las Provincias cuentan con el OTBN, pueden acceder a los fondos disponibles (subsidio) a través de la ley, con el objetivo de mantener o mejorar los servicios ambientales que brinda el bosque.

El decreto a su vez dice que toda actividad que se realice en el bosque nativo debe estar enmarcada en un Plan de Manejo o un Plan de Conservación o un Plan de Cambio de Uso, según la categoría que le corresponda, de acuerdo al Ordenamiento que elaboró la Provincia.

Para acceder a estos fondos, los usufructuarios (propietarios o no) del bosque deben presentar un proyecto que será elegido (o no) para ser financiado por la Autoridad Provincial de Aplicación de la ley (la Provincia).

Estos proyectos pueden ser de dos tipos diferentes:
  1. Proyectos de Formulación: utilizarán los fondos para formular alguno de los 3 tipos de Planes admitidos, a saber:
    1. Plan de Conservación (PC): Conservación en categoría I, II o III del OTBN.
    2. Plan de Manejo (PM): Manejo sostenible en categoría II o III del OTBN.
    3. Plan de Cambio de Uso (PCU): Cambio de Uso sólo en categoría III del OTBN.
  2. Proyectos de Implementación: utilizarán los fondos para implementar tareas enmarcadas en  un PM o PC o PCU, según corresponda.

Recientemente la Dirección de Bosques de la Nación publicó un mapa interactivo en el cual podemos ver todos los proyectos presentados hasta el momento en las diferentes Provincias que cuentan con el OTBN, en el cual, además de ver un punto en la ubicación de cada uno, podemos ver también el tipo de proyecto y el monto asignado a cada uno.

Acá les dejo el link:



Bueno, espero que les resulte tan interesante como a mi.

Si les gustó no se olviden de compartirlo y comentar a gusto.
Hasta la próxima!

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